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Ya llegó el momento esperado ¡Nació nuestro bebé! Pero ahora tenemos muchas dudas sobre lo que tenemos que hacer, sobre todo legalmente. Te vamos a explicar cuál es la documentación necesaria tras el nacimiento del bebé. Antes de recibir el alta, el hospital hace entrega a los padres del Certificado de Nacimiento y el Informe del Recién Nacido. En muchos hospitales entregan también el Informe de Maternidad que deben llevar a la empresa, si la madre trabaja, en los cinco días siguientes al parto y a la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar la Prestación por Maternidad. Lo primero que debes hacer después del nacimiento es registrar a tu bebé en el Registro Civil. Al menos tienen que transcurrir 24 horas pero sólo puedes hacerlo hasta un mes después de la fecha de nacimiento. Si tienes el domicilio en otro lugar distinto al nacimiento, puedes registrarlo en cualquiera de los dos sitios. Lo puede hacer cualquier persona mayor de edad. Documentos a presentar en el Registro Civil: DNI de la persona que vaya al registro. Certificado de asistencia al parto: te lo dan en la maternidad. El libro de familia. En caso de ser madre soltera debes acudir al registro personalmente. En caso de padres no casados debéis comparecer personalmente la pareja. Si eres una madre divorciada o separada debes, además, llevar la sentencia en firme de separación o divorcio, un acta notarial de la separación y un certificado literal de matrimonio con la inscripción de separación o divorcio. Si no se disponen de estos documentos, debéis presentaros con dos testigos mayores de edad, que deberán manifestar conocer la separación de hecho desde hace más de 300 días.
Hola CD. Creo que puede reusltar muy interesante navegar por esos blogs que uno no ha visitado o ha pasado de largo. Saludos y gracias por la visita.
hola soy madre soltera de una niña quiero saber cuando voy a incribirle en el registro civil con mi pasaporte de paraguay pero vivo aqui en españa hace 6 años y medio si la niña puede tener la nacionalidad española
Hola he tenido un niño que nació en Manchester yo por lo tanto soy español por residencia y devorciado desde 6 años casado de nuevo mi pregunta es puedo registrar ami hijo en el consulado de España teniendo saber no tengo la capacidad matrimonial tampoco mi mujer no es espanola
hola necesito saber que documentacion necesita mi esposo para reconocer y poner su apellido al nuestro hijo ya que el se encuentra en cuba y yo en españa